Animales de Asistencia y Apoyo Emocional

Desde hace unos años se viene hablando, cada vez con más fuerza, de la manifiesta y objetiva problemática que genera en muchas personas los trastornos de Salud Mental; y de igual manera cada vez se habla más de la necesidad que en muchos casos tiene la prescripción médica de animales de asistencia y apoyo emocional que realizan muchos y muchas profesionales, para superar las problemáticas relacionadas con la salud de dichas personas.

Conforme a la normativa vigente y ante esta nueva realidad, y en línea con nuestro compromiso de accesibilidad e inclusión, informamos que a partir de la fecha, estará permitido viajar en nuestros servicios, a personas acompañadas por animales de asistencia y apoyo emocional, siempre que acrediten tal circunstancia en el momento de acceder a bordo a la guagua, presentado la Autorización personalizada que previamente realizará nuestra empresa.

¿Qué es un animal de asistencia y apoyo emocional?

Los animales de asistencia y apoyo emocional ayudan a sus dueños y dueñas a superar algún problema físico, emocional o psicológico, como por ejemplo, episodios recurrentes de miedo, pánico, traumas, fobias, estrés postraumático, depresión, ansiedad, etc…; brindando apoyo terapéutico a la persona a través del afecto y la compañía, siendo parte de su tratamiento psicológico, psiquiátrico o médico.

Estos animales suponen un soporte imprescindible para garantizar el bienestar tanto físico como emocional de la persona a la que acompañan. Su presencia y su contacto tiene unos efectos muy positivos sobre su salud y su plena integración en la sociedad, teniendo la facultad de hacer sentir mejor a dichas personas en caso de presentar una situación adversa.

¿Cómo obtener la Autorización Personalizada para viajar en nuestros servicios?

Para ser considerados animales de asistencia y apoyo emocional, tienen que ser “prescritos” a sus dueños o dueñas por un profesional de la salud.  La persona especialista evaluará la situación de la persona concreta y determinará si su animal de compañía es imprescindible para mejorar su condición física, psicológica o emocional y cumple con las condiciones necesarias para el desempeño de su labor terapéutica. Si es así, emitirá el correspondiente certificado.

Una vez la persona titular del animal disponga del correspondiente certificado, deberá presentarse en nuestras oficinas de C/ Viera y Clavijo, nº 34-36, 2ª F, con dicha documentación para su comprobación y posterior solicitud de la Autorización para poder viajar en nuestros servicios.

INFORMACIÓN NECESARIA PARA ACCEDER A LA GUAGUA:

  • Presentar en el momento de acceder a bordo de la guagua, y tras el pertinente pago del viaje, la Autorización personalizada que previamente realizará nuestra empresa.
  • De igual forma que con los perros de asistencia o lazarillos para personas invidentes, el animal de asistencia y apoyo emocional, no está sujeto para subir a bordo, al cumplimiento de la norma que establece un peso máximo de 10 Kg y que vaya dentro de un trasportín.
  • El animal autorizado a viajar como animal de asistencia y apoyo emocional, deberá estar en buenas condiciones físicas e higiénicas.
  • El animal de asistencia y apoyo emocional, deberá viajar en los asientos delanteros reservados para perros guía, junto a la persona autorizada.
  • El traslado del animal de asistencia y apoyo emocional, se realizará siempre baja la entera responsabilidad de la persona autorizada.

Agradecemos su colaboración, para garantizar un servicio inclusivo y de calidad para todas las personas que decidan viajar en nuestros servicios.

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